Teya Salat
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Covid19 Impacto Sobre Los Procesos De ExtranjeríA

Covid19, Impacto Sobre Los Procesos De ExtranjeríA

Desde , aliados estratégicos de nuestra fundación y especialistas en derecho nos notifican de de qué forma afecta la situación actual de España a todos los procesos abiertos de extranjería.

¡Información actualizada! JUEVES 19/03/2020

Ante la situación generada por la evolución del Coronavirus COVID diecinueve, se adoptan nuevas medidas para la protección de la salud de la ciudadanía.

Queda suprimida la Cita Anterior para todos y cada uno de los trámites de las diferentes Oficinas de Extranjería, anulando las citas ya reservadas hasta la data.

Se recuerda que la disposición auxiliar tercera del Real Decreto 463/2020, de catorce de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria causada por el COVID-diecinueve, establece la suspensión de los plazos administrativos, declarando la suspensión de los términos y la interrupción de los plazos hasta que pierda vigencia la declaración del estado de alarma –declarada en el citado real decreto– o, en su caso la prórroga del mismo.

Cuando esta situación se normalice, se retomará la actividad frecuente y se informará correctamente de los pasos a proseguir.

Se ha preparado que el servicio de Cita Previa-Policía para la expedición de documentos de extranjería, cuyos trámites se relacionan, queda suprimido. Igualmente quedarán anuladas las citas que estuvieran reservadas.


  • Toma de Huella.

  • Autorizacion de regreso.

  • Carta de invitación.

  • Prórroga de estancia sin visado.

  • Prórroga de visado de estancia de corta duración.

  • Certificado de NIE, de residente y de no residente.

  • Cédula de inscripción de indocumentado.

  • Título de viaje para la salida de España (indocumentado).

  • Documentación relativa a protección internacional y estatuto de apátrida.

  • Certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea.

Información LUNES 16/03/2020

La administración, ya antes de la entrada en vigor del citado Decreto, ya había comenzado a tomar medidas para disminuir los efectos del virus dentro de los distintos organismos, por medio de restricciones en cuanto a la atención presencial a particulares.

Con la Predisposición auxiliar tercera del Real Decreto 463/2020, se procede a la suspensión de los plazos en los procesos llevados ante la administración.

Así las cosas, en lo que se refiere a las medidas a las que se hace referencia, el Real Decreto en su disposición tercera, establece lo siguiente:

1. Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del ámbito público. cita para huellas extranjeria El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.

dos. La suspensión de términos y la interrupción de plazos se aplicará a todo el sector público definido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

tres. No obstante lo precedente, el órgano eficiente podrá pactar, mediante resolución motivada, las medidas de ordenación e instrucción rigurosamente necesarias para eludir perjuicios graves en los derechos e intereses del interesado en el procedimiento y siempre que este manifieste su conformidad, o cuando el interesado manifieste su conformidad con que no se suspenda el plazo.

cuatro. La presente disposición no afectará a los procedimientos y resoluciones a los que hace referencia el apartado primero, cuando estos vengan referidos a situaciones de manera estrecha vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma.

Todos los términos y plazos en los procedimientos ante los organismos administrativos se verán suspendidos mientras el Real Decreto este en vigor, sin perjuicio de las prórrogas que este pueda tener.

¿En qué afectan estas medidas de suspensión y también interrupción a quienes adelantan un proceso de extranjería?

Se hace imperativo aclarar que la situación ha devenido en el cierre de ciertas Oficinas de Extranjería de la villa de Madrid desde el lunes dieciseis de marzo y en la reducción de los trámites que requieran atención al público. Conforme lo anunciado por las autoridades solo se tiene previsto conceder veintidos citas cada día, hasta tanto se supere el Estado de Alerta.

No obstante, tanto las oficinas de extranjería como las comisarías de policía proseguirán atendiendo a las personas que previamente hayan concertado citas para efectuar sus gestiones (peticiones de vivienda, toma de huellas, autorizaciones de regreso, obtención de NIE, etc.).

Así mismo, proseguirá habilitada la sede electrónica de la administración, lo que nos permitirá adelantar todas las gestiones que la normativa autoriza a efectuar de forma telemática, tales como: renovación de la estancia por estudios; renovaciones de la mayoría de permiso de residencia (familiares comunitarios, viviendas no rentables, autorizaciones de trabajo por cuenta ajena, entre otros); todas y cada una de las peticiones iniciales y renovaciones de la ley 14/2013 (inversores, trabajadores enormemente cualificados, traslados intraempresariales, emprendedores, busca de empleo y vivienda para prácticas).

Además, todos aquellos trámites que estén en proceso y que estén sujetos a término o bien a un plazo determinado se van a ver suspendidos hasta el momento en que cese el Estado de Alarma, instante en el que se reanudarán los plazos.

Por ejemplo: Una persona que ha gestionado una autorización inicial de residencia para inversor, en condiciones normales tendría que esperar un plazo de veinte días hábiles para obtener una respuesta por la parte de la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos – UGE. cita de nie

Suponiendo que a 14 de marzo el plazo estuviera en el día quince, este continuará suspendido hasta que concluya el Estado de Alerta. Una vez se normalice la situación el plazo se reiniciará por los cinco días restantes.

Es importante destacar que el Real Decreto tiene como data de culminación el día veintinueve de marzo del presente año, pero podría prorrogarse por el tiempo que las autoridades lo consideren conveniente.

Aunque esta situación implicará un retraso en los diferentes procesos que se adelantan ante las autoridades de extranjería, no afectará la situación migratoria de los particulares, siempre que ya hayan iniciado su trámite o bien que puedan empezarlo de forma telemática.



Excelencia. Lealtad. Resultados.

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